Santo Domingo.- La permisividad y la tibia consecuencia del manejo temerario especialmente bajo el efecto del alcohol ya es cosas del pasado. Si en estado de embriaguez se provoca un accidente con víctimas mortales el responsable podrá pulgar penas de hasta veinte años de cárcel.
El tratamiento blando y considerado contra conductores irresponsables que, borrachos en muchos casos, son causantes de muertes de personas está considerado entre los principales causantes de víctimas de accidentes.
La Procuradora General de la República, Jenny Berenice Reynoso, ha sido categórica y los proclama con claridad, para que no se alegue desconocimiento.
A partir del nuevo Código vigente desde agosto pasado, ya habrá consecuencia y el que se emborracha y provoca la muerte de otra persona en accidente de tránsito ya no le bastará una multa insignificante y una pronta libertad al amparo de un seguro, como se ocurría.
La funcionaria hizo la aseveración durante una conferencia en el municipio de Tamboril sobre el nuevo estamento judicial y sus consecuencias.
El artículo 91 del nuevo Codigo Penal establece penas de entre 10 y 20 años de cárcel por homicidio doloso.
En esto se enmarca el producir muertes por conducción imprudente y bajo el efecto del alcohol, toda vez que el imputado incurrió en el hecho no con la intención expresa de matar, pero con conciencia plena de que su conducta implica riesgos y peligros para las vidas en sociedad.
Sería el caso hipotético de una persona que, aturdido por el alcohol se desplaza con temeridad, ignora las señales de tránsito e incurre en maniobras peligrosas que exponen otras personas al peligro de la lesión y la muerte,











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